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Ayuda complementaria al bono social eléctrico

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Actualizado el: 10 octubre 2023

 La Xunta de Galicia consolida un programa de concesión de ayudas directas destinadas a disminuir el coste de la energía eléctrica en los consumidores que se encuentren en más dificultades.

La ayuda que se concede tiene por finalidad compensar los gastos necesarios para garantizar el suministro de energía eléctrica, evitando además su corte.

Serán personas beneficiarias aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad de consumidor vulnerable severo a 31 de diciembre del año anterior y además estén en alguna de las siguientes situaciones:

  • Sean beneficiarios de la Risga (renta de inclusión social de Galicia).
  • Sean beneficiarios del IMV (ingreso mínimo vital).
  • Sean beneficiarios de una PNC (pensión no contributiva).

Para la concreción de las personas beneficiarias se tuvieron en cuenta los últimos datos disponibles en la Consellería de Política Social y Juventud para la tramitación del bono social térmico (31.12.2021), así como la situación de vulnerabilidad en la fecha 31.12.2022.

La cuantía de la ayuda por beneficiario para el año 2022 será de 450 euros y de 675 euros en el caso de las familias numerosas.

La Xunta destina 4.499.550 € para esta ayuda beneficiando la 9.616 personas, de las cuales 766 corresponden a familias numerosas.

Información básica sobre protección de datos
Los datos personales necesarios para la gestión y el pago de la Ayuda Complementaria al Bono Eléctrico 2023 están siendo tratados, en su condición de responsable, por la Xunta de Galicia - Consellería de Economía, Industria e Innovación. La base legitimadora del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público fundamentada en la Ley 7/2017, de 14 de diciembre, de medidas de la eficiencia energética y garantía de accesibilidad a la energía eléctrica y en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica. El origen de la información necesaria parar la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente para ser beneficiario o beneficiaria de la referida ayuda, así como de otros datos identificativos y bancarios es la Consellería de Política Social y Juventud. A fin de facilitar la gestión de la ayuda a las personas beneficiarias y agilizar su pago, se publicará a través de esta página web el dato de su DNI/NIE, junto con la condición en su caso de familia numerosa, la cuantía económica a percibir y la documentación que en su caso deberían aportar, únicamente durante el plazo necesario para la referida finalidad. 
 
Las personas interesadas podrán solicitar ante eo/la responsable del tratamiento el acceso, rectificación, limitación y supresión de sus datos, así como oponerse a su tratamiento según se especifica en https://www.xunta.gal/exercicio-de-derechos. Contacto con el/a delegado/a de protección de datos y más información en https://www.xunta.gal/informacion-general-proteccion-datos
Organizaciones: Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales
Colectivo/s: Otra administración