En la orden del 16 de marzo de 2011 se establecen los requisitos mínimos exigibles a las entidades de formación reconocidas para impartir cursos teórico-prácticos en el ámbito de la seguridad industrial.
Esta orden tiene por objeto regular los procedimientos que afecten a las entidades reconocidas que imparten cursos teórico-prácticos en el ámbito de la seguridad industrial, estableciendo las condiciones y requisitos que se deben observar para su actuación en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Los procedimientos asociados son:
Los procedimientos IN612A y IN612C se realizarán unicamente por medios electrónicos a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. El pago de la tasa administrativa sólo es posible electrónicamente durante la presentación desde el enlace que aparece en el propio formulario de solicitud.
El procedimiento IN612B admite la presentación electrónica o presencial en Registro (esta opción sólo para personas físicas). La liquidación de la tasa puede realizarse:
Puede consultar toda la información sobre tasas y entidades financieras colaboradoras en la página web de la Atriga, en el apartado "Tasas y precios".