Las Eccom desarrollan actuaciones de certificación, verificación, inspección y control de la conformidad de instalaciones, establecimientos y actividades con la normativa aplicable en el ámbito municipal.
El Decreto 144/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos, regula el régimen jurídico de las entidades de certificación de conformidad municipal (Eccom), en ejecución de la habilitación normativa contenida en la disposición última sexta de la Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.
Son entidades de certificación de conformidad municipal las entidades dotadas de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar que, después de cumplir los requisitos establecidos en el reglamento citado anteriormente, desarrollan actuaciones de certificación, verificación, inspección y control de la conformidad de instalaciones, establecimientos y actividades con la normativa aplicable en el ámbito municipal.
Las entidades de certificación de conformidad municipal deben desarrollar las siguientes funciones:
Se crea el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia, que tendrá carácter público, y en el que serán inscritas de oficio las entidades de certificación de conformidad municipal que presenten comunicación previa al inicio de su actividad ante la consellería competente en materia de seguridad industrial.